Preguntas y dudas frecuentes

Consulta las preguntas frecuentes sobre los plazos, documentos, CFDI, evidencias partidas presupuestales y cierre administrativo de las acciones a realizar de acuerdo a la operación del Programa Presupuestario.

Seguimiento Operativo

Registra las acciones realizadas en tu entidad

Seguimiento Administrativo

Envía las evidencias y documentos trimestrales

Verifica que los montos coincidan

Información de acuerdo al periodo

Recomendaciones generales

Verifica que la información sea legible

Importante: Antes de enviar, verifica que la información esté completa y que las evidencias sean legibles y accesibles. Cada registro deberá de contar con los datos reales sobre la operatividad del programa. 

Preguntas frecuentes

Es una guía operativa que establece los criterios, documentos, tiempos y requisitos que deben cumplir las entidades federativas para comprobar la correcta aplicación de los recursos federales transferidos mediante los Convenios Específicos CRESCA 2026

¿Qué es el Protocolo de Comprobación de Recursos del Programa E032?

La comprobación corresponde a las entidades federativas, a través de sus Unidades Ejecutoras, quienes deberán integrar, remitir y resguardar la documentación comprobatoria del gasto ejercido

¿Quién debe realizar la comprobación de los recursos?

La entidad debe registrar la recepción del recurso, contar con cuenta bancaria productiva específica y remitir la documentación que acredite la apertura y transferencia correspondiente. La Unidad Ejecutora también debe contar con cuenta específica para administrar los recursos

¿Qué debe hacerse al recibir los recursos federales?

El CFDI que acredita la recepción de los recursos transferidos debe enviarse en un plazo no mayor a 5 días hábiles, contados a partir de la recepción de los recursos ministrados

¿En qué plazo debe enviarse el CFDI por recepción de recursos?

Los informes trimestrales, certificados y documentación comprobatoria deberán enviarse dentro de los primeros 10 días hábiles posteriores al cierre de cada trimestre: abril-junio, julio-septiembre y octubre-diciembre

¿Cuándo deben enviarse los informes trimestrales?

De manera general, se debe integrar el informe trimestral, certificado de gasto, certificado de reintegro de recursos no ejercidos, certificado de reintegro de rendimientos financieros, oficio de remisión y la documentación comprobatoria del gasto en formato PDF

¿Qué documentos se deben cargar como formatos obligatorios?

La documentación debe presentarse en formato digital, ser totalmente legible y organizarse en carpetas por partida presupuestal. Cada carpeta debe contener CFDI, verificación SAT, constancia fiscal del proveedor y los soportes específicos del gasto

¿Cómo debe organizarse la documentación comprobatoria?

Los CFDI deberán cumplir con los requisitos fiscales aplicables, corresponder al proveedor adjudicado, señalar la forma de pago Pago en una sola exhibición (PUE) y, cuando corresponda, incluir la leyenda “CRESCA 2026” en la descripción u observaciones

¿Qué características deben cumplir los CFDI?

Es el archivo en Excel que concentra la relación de CFDI pagados. Debe incluir, entre otros datos: número de índice, partida presupuestal, concepto, presupuesto autorizado, número y fecha de factura, monto, folio fiscal, proveedor y RFC

¿Qué es la Tabla Resumen de Facturación?

La CONASAMA estará impedida para validar la comprobación enviada. En ese caso, podrá emitir un requerimiento para subsanar las omisiones y, si no se solventan, solicitar el reintegro de los recursos no comprobados

¿Qué pasa si la documentación está incompleta o no cumple criterios?

No. Además de los documentos generales, algunas partidas requieren soportes específicos. Por ejemplo: viáticos y pasajes requieren oficios de comisión; combustible requiere bitácoras; vestuario requiere evidencia de prendas y listados de entrega; comunicación social requiere autorización y testigos de difusión; mantenimiento requiere reportes fotográficos y aprobación del responsable

¿Todas las partidas presupuestales requieren los mismos documentos?

Cuando existan recursos no ejercidos o rendimientos financieros por reintegrar, la Unidad Ejecutora deberá solicitar la línea de captura y realizar el reintegro a más tardar el 15 de enero de 2027. La comprobación del reintegro deberá remitirse a más tardar el 20 de enero de 2027

¿Cuándo deben realizarse y comprobarse los reintegros?

Consulta el protocolo completo

Consulta a detalle los puntos administrativos más importantes, Para casos específicos, requisitos completos y criterios normativos, así como toda la documentación que se deberá de entregar, los tiempos estipulados y demás información

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